lunes 20 mayo 2024

Concienciación en prevención de riesgos laborales (PRL)

 

 

Según la Real Academia Española (RAE), concienciar significa “hacer que alguien sea consciente de algo”. Así, este breve artículo tiene un objetivo evidente: intentar que alguien sea consciente de cosas.

En este caso, de la prevención de riesgos laborales.

Prevención, bonita palabra, quiere decir “preparación para hacer algo o para evitar un riesgo”, un significado que implícitamente comporta una referencia a un acto apriorístico, es decir, a actuar antes de que se dé un determinado suceso.

En resumen, lo que pretendo con todo ello es que alguien sea consciente de que hay que evitar riesgos, concretamente, los riesgos en el trabajo.

Tras esta introducción lingüística, para abrir boca, no perdamos tiempo y empecemos.

 

"Prevención significa preparación para hacer algo o para evitar un riesgo"

 

¿De qué debemos concienciarnos?

Tenemos que concienciarnos de que la prevención es un derecho del trabajador y una obligación del empresario, y también debería ser una preocupación de todos, incluidos los dos anteriormente referidos.

Todos quiere decir todos, y no solo los roles que habitualmente nos encontramos en el entorno laboral que tienen una determinada implicación en la prevención de riesgos laborales, tales como empresarios/as, trabajadores/as, delegados/as de prevención, recursos preventivos, técnicos y técnicas de PRL, inspectores/as de Trabajo, etc.

En este sentido, debería ser una preocupación real y sincera de los mandos intermedios de empresas, políticos, sindicatos, familiares, amigos y amigas, educadores/as, periodistas, influencers y, si me apuráis, de los tiktokers.

Es necesaria su implicación—, porque en prevención todos sumamos y nadie debería quedar excluido.

Y también deberíamos concienciarnos de que todas las actividades son susceptibles de tener riesgos que causen accidentes y/o enfermedades profesionales, en menor o mayor gravedad.

¡Sí, usted que está trabajando sentado en una oficina también es susceptible de tener riesgos que causen accidentes y/o enfermedades profesionales!

- Concienciarnos, de una vez por todas, de que existen factores psicosociales que pueden convertirse en un riesgo y afectar a la salud de las personas.

¡Sí, el trabajo puede afectar negativamente a la salud de las personas trabajadoras y causarles daños!

Hablamos de estrés, ansiedad, depresión, etc., con los consecuentes efectos psicosomáticos y alteraciones funcionales y/o orgánicas, tales como dolor de cabeza, falta de concentración, problemas digestivos (indigestión, dispepsia, vómitos, cólicos, diarrea...), problemas respiratorios (hiperventilación, tos, asma, taquipnea...), problemas cardiovasculares (hipertensión, dolor precordial...), etc.

 

"debería ser una preocupación real y sincera de los mandos intermedios de empresas, políticos, sindicatos, familiares, amigos y amigas, educadores/as, periodistas, influencers y, si me apuráis, de los tiktokers"

 

Concienciarnos de que la prevención de riesgos laborales no es un tema sencillo, sino complejo, que requiere amplios y sólidos conocimientos.

Para las funciones de nivel superior en PRL la normativa establece una especialidad médica, la medicina del trabajo, y tres técnicas, seguridad en el trabajo, higiene industrial y, finalmente, ergonomía y psicosociología aplicada.

A su vez, las especialidades requieren extensos conocimientos en varios ámbitos: física, química, biología, matemáticas, mecánica, psicología, electricidad, anatomía o derecho, entre otros, y todo macerado con una extensa reglamentación entre leyes, reales decretos, órdenes y sus respectivas guías técnicas, notas técnicas de prevención, normas UNE, criterios de Inspección de Trabajo, una extensísima jurisprudencia...

Y si la legislación fuera al menos clara y concisa en algunos temas, de fácil interpretación... facilitaría mucho las cosas.

Para acabar de rematarlo, y tal y como establece la legislación vigente en prevención de riesgos laborales, “la efectividad de las medidas preventivas deberá de prever las distracciones o las imprudencias no temerarias que la persona trabajadora pudiera cometer”.

No comentaré este punto, prefiero que cada cual saque sus propias conclusiones para acabar de entender las dificultades con las que puede encontrarse quien tiene que evaluar los riesgos en el trabajo y proponga las medidas preventivas correspondientes.

- Concienciarnos, por lo tanto, de que, dada la complejidad de la prevención de riesgos laborales, los profesionales de la PRL necesitan la ayuda, la colaboración sincera y la comprensión de todos los implicados (de todo el mundo) para alcanzar el objetivo de prevenir accidentes y enfermedades profesionales en las personas trabajadoras.

 

La conscienciació en la prevenció de riscos laborals

Concienciarnos de que los accidentes de trabajo se dan de forma inmediata o muy cercana temporalmente cuando la persona trabajadora entra en contacto con el agente causante, a diferencia de la enfermedad profesional, o incluso de la enfermedad derivada del trabajo —que no es lo mismo que enfermedad profesional—, porque normalmente aparece con el paso del tiempo, con una “progresión silenciosa”, como si la persona trabajadora expuesta al riesgo aparentemente no estuviera expuesta.

Un ejemplo de ello es quien lo está al amianto, porque con el tiempo, con los años, puede llegar a sufrir asbestosis o neoplasia maligna de bronquios y pulmón, o bien al polvo de sílice cristalina, con el consiguiente riesgo de sufrir silicosis o cáncer de pulmón.

 

"si la legislación fuera al menos clara y concisa en algunos temas, de fácil interpretación... facilitaría mucho las cosas"

 

 

Concienciarnos de que si Juan, Ramón, Javier o aquel en quien tú pienses hubieran llevado puesto el arnés de seguridad mientras trabajaban en la cubierta no habrían acabado con su vida. ¡Eh, el responsable es el empresario/a! Y Juan, Ramón, Javier o aquel en quien tú pienses, ¿no tuvieron culpa alguna?

Todo ello da miedo, ¿no?

Concienciarnos de que los servicios de prevención ajenos no son entidades aseguradoras, porque tener contratados estos servicios no garantiza que no se produzca un accidente o una enfermedad profesional o derivada del trabajo, si la colaboración y la implicación anteriormente referidas no hacen acto de presencia.

Finalmente, concienciarnos de que la frase “a mí nunca me ha pasado” no funciona en prevención de riesgos laborales.

Porque, ¿quién no se ha golpeado nunca, se ha cortado, se ha caído o se ha hecho una torcedura trabajando? ¿Quién no ha tenido un accidente mientras iba o regresaba del trabajo? ¿Quién no se ha quemado, ha sufrido dolor de espalda o algunos de los síntomas anteriormente citados sin ningún diagnóstico médico claro?

 

Y, ¿por qué debemos concienciarnos?

Porque los riesgos no evaluados y aquellos de los que, a pesar de haber sido evaluados, no se hayan adoptado medidas de prevención son causas de accidentes y/o enfermedades profesionales potenciales.

Porque los accidentes y/o las enfermedades profesionales causan daños en las personas, lo que puede traducirse, según la gravedad y afectación, en:

- Sufrimiento físico de la persona trabajadora afectada.

- Sufrimiento mental de la persona trabajadora afectada, pero también de familiares, amistades y empresarios.

- Impacto económico negativo en la persona trabajadora afectada y en los familiares, así como en el empresario o empresaria.

 

Al final todos queremos llegar a casa sanos, y vivos, sin malestar ni sufrimientos debidos al trabajo. Entonces, ¿por qué no somos “conscientes” de ello?

 

"en el año 2022 se compatibilizaron 653.510 accidentes de trabajo con baja y 565.701 sin baja"

 

Para acabar, un artículo de concienciación en prevención de riesgos laborales no sería tal, si no hablamos un poco de cifras y estadísticas.

Según la Estadística de Accidentes de Trabajo facilitada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social en el informe de resultados detallados, en el año 2022 se compatibilizaron 653.510 accidentes de trabajo con baja y 565.701 sin baja. Estas cifras representan un incremento del 8,7% respecto a 2021 en el caso de accidentes con baja y de una reducción del 0,1%, en los accidentes sin baja.

En cuanto a enfermedades profesionales, el Servicio Estadístico EEPP del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones informa de un total de 9.626 partes comunicados de enfermedad profesional. Si se tiene en cuenta que en el año 2021 el total era de 9.342, implica un incremento del 3,04%.

Y estos son solo los casos contabilizados.

Lejos de vislumbrar una mejora, se observa que las cifras van creciendo con el tiempo.

Espero que con este breve artículo haya conseguido “concienciar” a alguien, o al menos que su visión y percepción de la prevención de riesgos laborales sea diferente y ayude a fomentar una cultura preventiva en beneficio de todos.